Es el órgano de gestión y control de un centro educativo en el que tienen representación oficial todos los miembros de la comunidad educativa. Familias, profesorado, personal no docente, administración pública y el alumnado (en secundaria).
Permite que toda la comunidad educativa opine y decida sobre la gestión diaria del centro, sus funciones son:
Aprobar y evaluar el Proyecto Educativo y de gestión del centro: presupuesto, actividades, empresa de comedor…
Aprobar y evaluar la programación general anual del centro.
Conocer candidaturas y participar en la selección Director/a del Centro y decidir sobre la admisión del alumnado conforme a normativa
Conocer las conductas contrarias a la convivencia y aplicar medidas educativas correctoras
Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la resolución pacífica de conflictos, la igualdad de trato y la no discriminación
Informar a todas las partes representadas y atender sus propuestas.
Hacer seguimiento de los resultados académicos
Promover la conservación y renovación del centro.
5 representantes de las familias. (4 elegidas por votación directa de las familias y 1 designada por la Asociación de Familias)
5 docentes, seleccionadas/os por el claustro
El equipo directivo (Dirección, jefatura de estudios y secretaría, esta última con derecho a voz sin voto)
1 Un/a concejal/a o representante del ayuntamiento.
1 persona de administración y servicios.
Esta es la normativa que regula su elección https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/elecciones-consejos-escolares
La persona designada por la Asociación en el Consejo Escolar representa a la asociación de familias dentro del Consejo Escolar y sus funciones son:
Actuar de enlace entre la Asociación de familias y el Consejo Escolar
Transmitir los acuerdos y temas tratados en el Consejo Escolar a la Asociación para que las familias asociadas puedan recibir toda la información de lo tratado y aprobado en el Consejo Escolar.
Defender las posiciones de la AMPA en el Consejo escolar
El Consejo Escolar del centro tendrá las siguientes competencias:
Aprobar y evaluar los Proyectos de autonomía de centro, el proyecto Educativo y los proyectos de gestión, así como la programación general anual del centro (sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado en relación con la planificación y organización docente).
Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos, así como participar en la selección del director o directora del centro. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director o directora.
Decidir sobre la admisión del alumnado
Impulsar la adopción y seguimiento de medidas educativas que fomenten el reconocimiento y protección de los derechos de la infancia, así como proponer medidas e iniciativas que favorezcan los estilos de vida saludable, la convivencia en el centro, la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la no discriminación, la prevención del acoso escolar y de la violencia de género y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.
Conocer las conductas contrarias a la convivencia y la aplicación de las medidas educativas, de mediación y correctoras velando por que se ajusten a la normativa vigente. Cuando las medidas correctoras adoptadas por el director o directora correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres, madres o tutores legales o, en su caso, del alumnado, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.
Promover progresivamente la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar para la mejora de la calidad y la sostenibilidad y aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3.
Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales y con otros centros, entidades y organismos.
Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.
Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma. m) Aprobar el proyecto de presupuesto del centro